¿Desde cuándo los apartamentos turísticos son R-3 y requieren rociadores?
¿Desde qué fecha los apartamentos turísticos se clasifican en el subgrupo R-3 (hoteles) y desde cuándo se les exigen rociadores automáticos?
Título K · Requisitos complementariosIncendio y evacuación
RespuestaK.2.10.4 clasifica en R-3 los apartamentos turísticos de uso por periodos cortos; ese requisito rige desde la primera versión de la NSR-10 (Decreto 926 de 2010), vigente desde el 15 de diciembre de 2010 (Decreto 2525 de 2010). Los rociadores en R-3 se exigían desde cinco pisos o 15 m en el Decreto 926 de 2010; el Decreto 092 de 2011, vigente desde el 17 de enero de 2011, los hizo obligatorios para más de tres pisos.
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 2525 de 2010
- Decreto 092 de 2011
- Decreto 340 de 2012
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente el 27 de mayo de 2021, con sus modificaciones hasta el Decreto 092 de 2011.
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