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Pregunta

¿Qué cargas vivas mínimas se usan en cubiertas, oficinas y bodegas?

NSR-10 · Numeral B.4.2.1 · Tema: cargas vivas mínimas · Fecha de la respuesta: 3 de noviembre de 2026 · SR-0014
Respuesta

Según el Capítulo B.4 de la NSR-10, las cargas vivas mínimas uniformemente distribuidas se establecen en las Tablas B.4.2.1-1 y B.4.2.1-2.

1. Cubiertas, azoteas y terrazas (Tabla B.4.2.1-2)

  • Cubiertas planas con acceso limitado a mantenimiento: 1.0 kN/m².
  • Cubiertas inclinadas metálicas o de madera (solo mantenimiento):
    • Pendiente ≤ 15°: 0.50 kN/m².
    • Pendiente > 15°: 0.35 kN/m².
  • Terrazas y cubiertas comunales o recreativas: 5.0 kN/m², o la carga correspondiente al uso del espacio desde el cual se accede.

2. Oficinas (Tabla B.4.2.1-1)

  • Áreas de trabajo: 2.0 kN/m².
  • Corredores y escaleras: 3.0 kN/m².
  • Restaurantes y zonas de reunión: 5.0 kN/m².

3. Bodegas y almacenamiento (Tabla B.4.2.1-1)

  • Almacenamiento liviano: 6.0 kN/m².
  • Almacenamiento pesado: 12.0 kN/m².

Consideraciones adicionales:

  • Granizo: en municipios con altitud superior a 2.000 msnm, considerar 1.0 kN/m² sobre cubiertas, reducible a 0.5 kN/m² para pendientes mayores de 15°.
  • Masa sísmica en bodegas: incluir adicionalmente el 25 % de la carga viva del piso.

Referencias: Capítulo B.4, Tablas B.4.2.1-1 y B.4.2.1-2.

Trazabilidad normativa

Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente el 3 de noviembre de 2026, con sus decretos modificatorios hasta el Decreto 1580 de 2023.

Cada respuesta es una orientación técnica por escrito, sin firma. Le ayuda a entender y aplicar la norma, pero no reemplaza el diseño estructural, la revisión independiente ni un concepto técnico firmado.

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