¿Cuál es el límite inferior del nivel menor de seguridad sísmica en colegios patrimoniales?
En el reforzamiento de edificaciones educativas declaradas patrimonio se permite un nivel menor de seguridad sísmica, pero la norma no fija el mínimo. ¿Cuál es el límite inferior?
Título A · Requisitos generalesVulnerabilidad y reforzamiento
RespuestaSe recomienda tomar el espectro de seguridad limitada como límite inferior del nivel menor de seguridad sísmica.
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 092 de 2011
- Decreto 2113 de 2019
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente el 29 de marzo de 2012, con sus modificaciones hasta el Decreto 340 de 2012.
- ¿Cuándo exige la NSR-10 evaluar una edificación existente por cambio de uso?
- ¿Una edificación anterior a la NSR-10 debe cumplir los Títulos J y K cuando se interviene?
- ¿Debe evaluarse y reforzarse un edificio antiguo que no es de los grupos de uso III ni IV?
- ¿Se puede reforzar una sola casa de una agrupación de viviendas construidas en serie?
- ¿Se puede usar el ASCE 41 para evaluar la vulnerabilidad de edificaciones existentes?
- ¿Existe en la NSR-10 un «certificado de sismo resistencia» para edificaciones existentes?