¿«Pisos aéreos en la colindancia» de A.6.5.2.3 se refiere a la edificación nueva o a la vecina?
En la separación sísmica de A.6.5.2.3, Tabla A.6.5-1 y Figura A.6.5-1, ¿la expresión «pisos aéreos en la colindancia» se refiere a los pisos de la edificación nueva o a los de la vecina? ¿Cómo se concilia la Figura A.6.5-1, que muestra los dos primeros pisos sin separación, con el texto que mide la separación desde el paramento?
Título A · Requisitos generalesAnálisis sísmico
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- Decreto 926 de 2010
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