¿Quién define los «procedimientos colaterales» de seguridad en un edificio patrimonial intervenido con menor nivel sísmico?
En una edificación patrimonial intervenida con un nivel de seguridad sísmica menor (A.10.9.2.5), ¿qué alcance deben tener los «procedimientos colaterales» para proveer seguridad a los ocupantes y quién los define?
Título A · Requisitos generalesVulnerabilidad y reforzamiento
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Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 2113 de 2019
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- ¿Cuándo exige la NSR-10 evaluar una edificación existente por cambio de uso?
- ¿Una edificación anterior a la NSR-10 debe cumplir los Títulos J y K cuando se interviene?
- ¿Debe evaluarse y reforzarse un edificio antiguo que no es de los grupos de uso III ni IV?
- ¿Se puede reforzar una sola casa de una agrupación de viviendas construidas en serie?
- ¿Se puede usar el ASCE 41 para evaluar la vulnerabilidad de edificaciones existentes?
- ¿Existe en la NSR-10 un «certificado de sismo resistencia» para edificaciones existentes?