¿Quién puede revisar los diseños de seguridad humana y de la red contra incendios?
¿La revisión de los diseños de elementos no estructurales, en particular los de seguridad humana y red contra incendios, puede hacerla un profesional particular calificado según el Título VI de la Ley 400 de 1997 (parágrafo del artículo 15)?
Título A · Requisitos generalesAlcance y aplicación
RespuestaEl profesional encargado de la revisión de diseños debe cumplir lo previsto en el Título VI de la Ley 400 de 1997 y sus modificaciones. El perfil de las profesiones reguladas está en A-5.2 (Apéndice A-5 del Reglamento NSR-10).
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 945 de 2017
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente el 11 de abril de 2025, con todos sus decretos modificatorios hasta el Decreto 1580 de 2023.
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