¿Un salón social abierto queda exento de detección y alarma contra incendio?
En un conjunto residencial, ¿los salones sociales y gimnasios abiertos al exterior y con salida directa quedan exentos de los sistemas de detección y alarma contra incendio? ¿Qué mínimos se exigen?
Título J · Protección contra incendiosIncendio y evacuación
RespuestaTener fachadas abiertas no basta para definir los sistemas de detección y extinción: deben considerarse la ocupación permanente o temporal, la sectorización, el riesgo y los medios de evacuación, según los Títulos J y K. La clasificación de los espacios la hace el diseñador arquitectónico con sus asesores.
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 340 de 2012
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente en junio de 2018, con sus modificaciones hasta el Decreto 945 de 2017.
- ¿Quién define la clase (I, II o III) del sistema de tomas fijas de J.4.3.2.2?
- ¿En un edificio de baja altura basta un sistema manual y rociadores como sistema de extinción?
- ¿Pueden usarse el espaciamiento y número de orificios de alivio del AISC 360-22 en columnas mixtas?
- ¿Se puede omitir la detección automática de incendios en parqueaderos que tienen rociadores supervisados?
- ¿Son obligatorias en Colombia las normas NFPA para la red contra incendio?
- ¿Se pueden omitir las tomas fijas para bomberos en edificios residenciales R-2?