¿Una vivienda con una sola salida (K.3.18.2.3) exime de dos salidas por piso en edificios de más de 28 m?
El numeral K.3.18.2.3 admite que una unidad de vivienda tenga una sola salida. En un edificio de más de 28 m de altura, ¿esto lo exime de las dos salidas por piso de K.3.18.2.1?
Título K · Requisitos complementariosIncendio y evacuación
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Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 092 de 2011
- Decreto 340 de 2012
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