¿Cómo puede el constructor ser persona jurídica si el Reglamento lo define como profesional?
A.13.1 define al constructor como el profesional que dirige la construcción y firma la licencia, mientras la Ley 1796 de 2016 lo define como profesional, persona natural o jurídica. ¿Cómo se concilian ambas definiciones y quién responde por los amparos patrimoniales?
Título A · Requisitos generalesAlcance y aplicación
RespuestaLa aclaración está en el aparte 3 de un pronunciamiento anterior sobre la Resolución 0017 de 2017 y sus anexos (ver nota).
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 945 de 2017
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente el 15 de abril de 2021, con sus modificaciones hasta el Decreto 2113 de 2019. Los decretos expedidos después (1711 de 2021, 1401 y 1580 de 2023) no tratan este tema. Ya considera el Decreto 945 de 2017, que reglamenta la Ley 1796 de 2016 sobre revisión independiente de diseños y supervisión técnica independiente.
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