¿Una administración pública puede clasificar libremente una edificación en el grupo de uso III?
Según A.2.5.1.2(f), ¿la administración municipal, departamental o nacional puede designar cualquier edificación como de atención a la comunidad (grupo III)? ¿Hay un procedimiento para hacerlo?
Título A · Requisitos generalesAnálisis sísmico
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Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 092 de 2011
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