¿Está vigente J.4.2.8.2 iv), que permite una sola estación manual de alarma en vivienda R-2?
¿Sigue vigente el ordinal iv) de J.4.2.8.2, según el cual un edificio R-2 con detección automática de humo o rociadores supervisados puede tener una única estación manual de alarma en el acceso?
Sí. El texto vigente de J.4.2.8.2 (NSR-10 con sus decretos modificatorios) conserva el ordinal iv): si el edificio R-2 tiene sistema automático de detección de humo o rociadores automáticos supervisados, se puede ubicar una única estación manual en el acceso al edificio. Sin ese sistema, se instala una estación manual cerca de la salida de cada piso (ordinal iii).
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 340 de 2012
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente el 11 de agosto de 2023, con sus modificaciones hasta el Decreto 1711 de 2021. Los decretos expedidos después (1401 y 1580 de 2023, sobre viviendas de mampostería de origen informal) no tratan este tema. Los Títulos J y K se consultaron con el texto ya modificado por el Decreto 340 de 2012.
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