¿Qué grupo de uso tienen los juzgados, tribunales y palacios de justicia?
Las edificaciones de la rama judicial (juzgados, tribunales, palacios de justicia, salas de audiencia y edificios administrativos), ¿son grupo de uso II por ser edificios gubernamentales o grupo de uso III por ser de atención a la comunidad?
Título A · Requisitos generalesAnálisis sísmico
RespuestaDeben catalogarse en el literal (f) del grupo de uso II (A.2.5.1.3).
Trazabilidad normativa
- Decreto 926 de 2010
- Decreto 092 de 2011
Esta respuesta se basa en la NSR-10 vigente en abril de 2018, con sus modificaciones hasta el Decreto 945 de 2017. Los decretos expedidos después no tratan este tema.
- ¿Una sede con solo cirugía ambulatoria puede clasificarse en el Grupo de Uso II?
- ¿«Pisos aéreos en la colindancia» de A.6.5.2.3 se refiere a la edificación nueva o a la vecina?
- ¿Con qué altura se entra a la Tabla A.6.5-1 de separación sísmica entre edificaciones?
- ¿Qué es el parámetro Aₛ de la NSR-10 y cómo se obtiene?
- ¿Se puede clasificar como sistema combinado un edificio de muros delgados con pórticos que no cumplen C.21?
- ¿Qué valores de Aa y Av corresponden a San Andrés Isla?